DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al Oficio No. 11873
2 de diciembre de 2010
DCA-0754
Señor
Rolando Protti B.
Director
Departamento de Proveeduría
Banco Central de Costa Rica
Fax: 2243-3366
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del contrato de adquisición y actualización de licencias de uso de
programas de cómputo a través de un esquema de licenciamiento “Enterprise” y su primera
adenda suscrito entre la empresa MSLI, LATAM INC. y esa institución por un monto de dos
millones doscientos trece mil setecientos noventa y un dólares con ochenta y siete centavos
($2.213.791,87). Contratación Directa No. 2010CD-000245-BCCR.
Damos respuesta al oficio DAD-PRO-368-2010 de 29 de setiembre del 2010 mediante
el cual somete a refrendo el contrato de adquisición y actualización de licencias de uso de
programas de cómputo a través de un esquema de licenciamiento “Enterprise Agreement” y su
primera adenda suscrito entre la empresa MSLI, LATAM INC. y esa institución por un monto
de dos millones doscientos trece mil setecientos noventa y un dólares con ochenta y siete
centavos ($2.213.791,87), correspondiente a la Contratación Directa No. 2010CD-000245-
BCCR. A solicitud de este Despacho dicho oficio se complementó con información recibida
mediante oficio DAD-PRO-439-2010 de 4 de noviembre del 2010 en el cual se adjuntó la
primera adenda al contrato.
I. Antecedentes
Mediante oficio 7705 (DJ-3187) de 12 de agosto del 2010 se autorizó contratar
directamente con la empresa MSLI LATAM INC S.A., los servicios de licenciamiento de
software de tecnología Microsoft bajo la modalidad de Enterprise Agreement para el Banco
Central de Costa Rica y sus órganos desconcentrados SUGEF, SUGEVAL y SUPEN por un
monto de $2.484.161,72.
Dentro de las condiciones establecidas en el oficio se indicó:
“ 2.La Administración deberá incorporar en la gestión de refrendo, un plan preliminar de ...
Fecha publicación: 04/12/2010
Fecha emisión: 01/12/2010
Institución: BANCO CENTRAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
Tesauro: Uso de medios electrónicos, Contrataciones autorizadas por Contraloría General de la República
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11723
30 de noviembre, 2010
DCA-0711
Señora
Hazel Calderón Jiménez
Proveedora Institucional
Ministerio de Trabajo y Seguridad Social
Estimada señora:
Asunto: Se devuelven sin trámite, por no requerirlo, contratos suscritos entre el Ministerio de
Trabajo y Seguridad Social y las siguientes empresas: Componentes El Orbe S.A. (N° 22-2010),
TELERAD S.A. (N° 23-2010), Central de Servicios PC S.A. (N° 24-2010), I.S Productos de
Oficina Centroamérica S.A. (N° 25-2010), Diseño en Infraestructura Tecnológica S.A. (N° 26-
2010), SPC Internacional S.A. (N° 27-2010), para la Adquisición de Equipo y Programa de
Cómputo. Licitación Pública N° 2010LN- 000014-72900.
Nos referimos a sus oficios No. PI-1764-10, PI-1823-10 y PI-1842-10, mediante los cuales
remite para estudio y aprobación los contratos suscritos entre ese Ministerio y las empresas
Componentes El Orbe S.A. (N° 22-2010), TELERAD S.A. (N° 23-2010), Central de Servicios
PC S.A. (N° 24-2010), I.S Productos de Oficina Centroamérica S.A. (N° 25-2010), Diseño en
Infraestructura Tecnológica S.A. (N° 26-2010), SPC Internacional S.A. (N° 27-2010), para la
Adquisición de Equipo y Programa de Cómputo.
De conformidad con el inciso 1) del artículo 3 del Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública, y en lo que interesa para el caso de marras,
requerirá refrendo contralor:
“(…) Todo contrato administrativo derivado de la aplicación del procedimiento de licitación pública, en
el tanto el precio contractual alcance el límite inferior vigente para la aplicación de la licitación pública
establecido en el artículo 27 de la Ley de Contratación Administrativa, según el estrato que corresponda
a la Administración contratante (…)”
Conforme lo expuesto, debe indicarse que de conformidad con la Resolución R-DC-27-2010
publicada en La Gaceta No.33 del 17 de febre ...
Fecha publicación: 03/12/2010
Fecha emisión: 30/11/2010
Institución: MINISTERIO DE TRABAJO Y SEGURIDAD SOCIAL
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio Nº11783
30 de noviembre, 2010
DCA-0723
Licenciado
Víctor Eduardo Fernández Badilla
Director Ejecutivo FRAP
Caja Costarricense de Seguro Social
Estimado señor:
Asunto: Se otorga refrendo a los contratos derivados de la licitación Pública N° 2010LN-00001-
1182, suscritos entre la Caja Costarricense del Seguro Social (en adelante C.C.S.S.) y los siguientes
puestos de bolsa: BN Valores Puesto de Bolsa S.A., Popular Valores Puesto de Bolsa S.A., BCR
Valores Puesto de Bolsa S.A., INS Valores Puesto de Bolsa S.A., BAC San José Puesto de Bolsa
S.A. y Mercado de Valores de Costa Rica Puesto de Bolsa S.A., todos de cuantía inestimable. Plazo
un año prorrogable hasta por tres periodos iguales.
Se atiende su oficio DFRAP-886-2010 de fecha 6 de octubre de 2010, recibido el día 7 del mismo
mes y año, por medio del cual solicita el refrendo de los contratos referidos en el asunto. Dicho
oficio a petición de este Despacho es ampliado mediante oficio DFRAP-1014-2010 del 12 de
noviembre del ano en curso.
Al respecto se indica que se otorga el refrendo de los contratos enunciados, considerando que
mediante certificación de contenido presupuestario DFRAP-1005-2010 de fecha 9 de noviembre
de 2010 el Lic. Víctor Fernández Badilla, Director Ejecutivo del Fondo del Retiro, Ahorro y
Préstamo, (FRAP) certifica que “…para el trámite de la Licitación Pública de Cuantía inestimable
2010LN-000001-1182, para la Contratación de Servicios de Intermediación bursátil a través de
Puestos de Bolsa; Unidad Programática 1182, actividad 105, servicio 000, se han separado
administrativamente los recursos por ¢25,000.000.00 (veinticinco millones de colones exactos),
disponibles en la partida presupuestaria 2840 del año 2010. La Dirección Ejecutivo del FRAP, se
compromete a reservar y garantizar el contenido presupuestario para el año 2011 y periodos
posteriores…”. Es ...
Fecha publicación: 03/12/2010
Fecha emisión: 30/11/2010
Institución: CAJA COSTARRICENSE DE SEGURO SOCIAL (CCSS)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
30 de noviembre, 2010
DCA-0731
Licenciado
Aléxis Arnáez Serrano
Dirección de Proveeduría
Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
Estimado señor:
Asunto: solicitud de información adicional con el fin de continuar con el trámite de refrendo de la
adenda del contrato suscrito entre Acueductos y Alcantarillados y Gitec Consult GMBH S.A., para los
servicios de consultoría para la ejecución del segundo programa de agua potable y saneamiento básico
rural AYA-K.F.W. (Licitación pública internacional No. 2004-000002)
Nos referimos a su oficio No. DP-2010-5613 del presente año, mediante el cual nos remite para
refrendo, adenda al contrato suscrito entre el Instituto Costarricense de Acueductos y Alcantarillados
(AYA) y Gitec Consult GMBH S.A., para los servicios de consultoría para la ejecución del segundo
programa de agua potable y saneamiento básico rural AYA-K.F.W.
De conformidad con el artículo 13 del Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública, se requiere la siguiente información.
1) En la adenda en estudio se indica que el plazo original de la contratación será de 20,5 meses
adicionales. No obstante, en nota de 11 de marzo de 2010, el contratista se refiere a la “Ayuda
Memoria” del 21 de julio de 2009, donde se acepta la propuesta de reprogramación de los servicios de
consultoría. Ello, incluye principalmente la ampliación de plazo del contrato y cambiar las
intervenciones del consultor de tiempo completo a una intervención parcial, pero que “La duración
total de la participación del consultor, fijada en el contrato de 38,5 meses se mantendrá a pesar de la
ampliación de la duración del contrato” (folio 37 del aparte del contrato, tomo 8 del expediente
administrativo).
A su vez, en acuerdo 2010-434, la Junta Directiva del AyA acuerda modificar el contrato suscrito con
la empresa GITEC. En el ...
Fecha publicación: 03/12/2010
Fecha emisión: 30/11/2010
Institución: INSTITUTO COSTARRICENSE DE ACUEDUCTOS Y ALCANTARILLADOS (AYA)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11665
29 de noviembre, 2010
DCA-0701
Licenciado
Carlos Coto Arias
Coordinador
Sub Área de Contratación Administrativa
Hospital Dr. Maximiliano Peralta Jiménez
Caja Costarricense del Seguro Social
Estimado señor:
Asunto: Se concede refrendo condicionado al contrato N° OC-HMPJ-000008-2010 y a la adenda
de 06 de setiembre del año 2010, suscritos entre la Caja Costarricense del Seguro
Social y la empresa Proconta S. A., como parte de la Licitación Pública N° 2010LN-
000002-2306, “Suministros de gases medicinales bajo la modalidad de entrega según
demanda”.
Nos referimos a su oficio SACA-HMP-001119-2010 en el cual solicita el refrendo al contrato
suscrito entre la Caja Costarricense del Seguro Social y la empresa Proconta S.A., para el “Suministro
de Gases medicinales bajo la modalidad de entrega según demanda”.
El oficio SACA-HMP-001119-2010, fue complementado a solicitud de este Despacho, mediante
notas SACA-HMP-001406-2010, SACA-HMP-001679-2010, SACA-HMP-001774-2010, SACA-
HMP-001827-2010, SACA-HMP-001873-2010.
De conformidad con lo dispuesto en el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública” y realizado el análisis de rigor, devolvemos el contrato y
adenda suscrito entre la Caja Costarricense del Seguro Social, y empresa Proconta S. A., debidamente
refrendados y condicionados a los siguientes aspectos:
1.- El refrendo se otorga bajo el entendido que todas las cláusulas del contrato OC-HMPJ-000008-
2010, se mantienen incólumes a excepción de las cláusulas que por la adenda se modifican.
2.- Es responsabilidad de esa Administración contar con el contenido presupuestario suficiente y
disponible para atender las erogaciones provenientes de esta contratación, para lo cual deberán
2
adoptarse las medidas pertinentes para dotar del contenido económi ...
Fecha publicación: 02/12/2010
Fecha emisión: 29/11/2010
Institución: HOSPITAL DR. MAX PERALTA DE CARTAGO
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE ADDENDUM
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11676
29 de noviembre, 2010
DCA-0705
Licenciado
Alejandro Bermúdez Mora
Secretario
Tribunal Supremo de Elecciones
Estimado señor:
Asunto: Aprobación del contrato de compra de servidores de cómputo suscrito entre
esa Institución y la empresa Componentes el Orbe S.A. por un monto de doscientos sesenta y
dos mil setecientos trece dólares cincuenta y siete centavos ($262.713.57). Licitación Pública
2010LN-000034-85002.
Damos respuesta al oficio STSE-3319-2010 de 25 de octubre del 2010 recibido en esta
División el día 26 mediante el cual somete a refrendo el contrato de compra de servidores de
cómputo suscrito entre esa Institución y la empresa Componentes El Orbe S.A. correspondiente
a la Licitación Pública 2010LN-000034-85002. Este oficio se complemento con el oficio
STSE-3580-2010 en el que se remite información adicional.
I. Antecedentes
La Administración tramita la Licitación Pública 2010LN-000034-85002 para la compra
de servidores de cómputo.
Se presentaron tres ofertas al concurso resultando adjudicada la empresa Componentes
el Orbe que cotizó para todas las líneas y ofreció el mejor precio.
II. Criterio del Despacho
Una vez efectuado el análisis correspondiente, según lo establecido por el artículo 8 del
Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la Administración Pública sobre los
alcances del análisis de los contratos se devuelve el contrato debidamente refrendado, bajo las
condiciones que adelante se indican, cuya verificación será responsabilidad exclusiva del
Licenciado Alejandro Bermúdez Mora en su carácter de Secretario del Tribunal Supremo de
Elecciones o quien ejerza este cargo. En caso de que el mismo no resulte competente para
verificarlas, será su responsabilidad instruir a la dependencia que corresponda ejercer el control
sobre los condicionamientos señalados a continuaci ...
Fecha publicación: 02/12/2010
Fecha emisión: 29/11/2010
Institución: TRIBUNAL SUPREMO DE ELECCIONES
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11618
26 de Noviembre, 2010
DCA-0690
Licenciado
Walter Sequeira Fallas
Director
Departamento de Aprovisionamiento
Instituto Tecnológico de Costa Rica
Fax: 2551-3118
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda el contrato N° 015-10 “Adquisición de Equipo de Cómputo”, suscrito
entre el Instituto Tecnológico de Costa Rica y Componentes El Orbe S.A. (Licitación Pública
N°2010LN-000001- APITCR).
Damos respuesta a su oficio AP- 1377-2010 de 20 de octubre de 2010, complementado a
solicitud de este Despacho por oficios AP-1650-2010 y AP-1698-2010, del 22 y 24 de noviembre,
respectivamente, mediante el cual nos remite para refrendo, el contrato suscrito entre el Instituto
Tecnológico de Costa Rica y Componentes El Orbe S.A. El objeto contractual es la “Adquisición de
Equipo de Cómputo”, producto de la Licitación Pública N°2010LN-000001- APITCR.
Al respecto, le indicamos que, una vez estudiado el expediente, y realizado el análisis que
preceptúa el artículo 8 del “Reglamento sobre el Refrendo de las Contrataciones de la
Administración Pública” este Despacho concede su aprobación al contrato de marras, condicionado a
que:
1) Queda bajo la responsabilidad de esa Administración verificar el cumplimiento de todos los
aspectos técnicos de la contratación, para ello deberá contar con el recurso humano
calificado. En este sentido y según lo dispone la cláusula terceradel contrato, el encargado
en forma directa de velar por este cumplimiento es el ingeniero Alfredo Villareal Rodríguez
2) La razonabilidad del precio queda librada a la responsabilidad de esa Administración
Licitante, tal y como lo dispone el artículo 9 del “Reglamento sobre el Refrendo de las
Contrataciones de la Administración Pública”
3) Deberá contarse con la disponibilidad presupuestaria suficiente y disponible para hacer
frente a las obligacione ...
Fecha publicación: 02/12/2010
Fecha emisión: 26/11/2010
Institución: INSTITUTO TECNOLOGICO DE COSTA RICA (ITCR)
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11687
29 de noviembre, 2010
DCA-0709
Señor
Melvin Laines Castro
Director
Departamento de Proveeduría
Asamblea Legislativa
Fax: 2243-2237
Estimado señor:
Asunto: Se refrenda el contrato 19-2010 suscrito entre la Asamblea Legislativa y Agencia
Datsun S.A., adquisición de vehículos, por un monto de US$544.919 (quinientos cuarenta y cuatro
mil novecientos diecinueve dólares exactos), entregando como parte del pago vehículos usados por
un monto de ¢183.500.000 (ciento ochenta y tres millones quinientos mil colones exactos), según
Licitación Pública 2010LN000001-01.
Nos referimos a su oficio D.P. 2738-11-2010 del 23 de noviembre del presente año, mediante el
cual solicita el refrendo del contrato referido en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga la aprobación respectiva al contrato
de marras, siendo responsabilidad de la Administración acatar lo siguiente:
1) Este refrendo se otorga con vista en las certificaciones de contenido presupuestario emitida
por los MBA. Mario Delgado Umaña y Silvinia Trejos Solano, Director Financiero y Directora a.i.
del Departamento Financiero, respectivamente (ver folios 649 y 759 del expediente administrativo).
En ese sentido se recuerda que es de exclusiva responsabilidad de la Administración no solo la
acreditación del presupuesto, sino además la factibilidad técnica y jurídica de aplicar los recursos
certificados en el objeto de esta contratación.
2) Es responsabilidad de esa Administración el verificar que el contratista se mantenga al día
en el pago de sus obligaciones con la CCSS (ver folio 771 del expediente administrativo), así como
que la garantía de cumplimiento se encuentre vigente por todo el plazo señalado en el cartel (ver
folio 736 del expediente administrativo).
3) El cumplimiento de las condiciones técnicas re ...
Fecha publicación: 02/12/2010
Fecha emisión: 29/11/2010
Institución: ASAMBLEA LEGISLATIVA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11673
26 de noviembre, 2010
DCA-0702
Señora
Lorena Herradora Chacón
Proveedora General
Banco Nacional de Costa Rica
Estimada señora:
Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito por el Banco Nacional de Costa Rica con la
empresa Formularios Standard Sociedad Anónima para la contratación de “servicios para
impresión, personalización y entrega de fórmulas de cheques del Banco Nacional de Costa
Rica”, derivados de la Licitación Pública 2010LN-000009-01 bajo la modalidad de entrega
según demanda.
Nos referimos a su oficio L-7031-2010, recibido en este despacho el 26 de octubre de 2010,
mediante el cual solicita el refrendo al contrato señalado en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo respectivo al contrato
anteriormente citado, ello con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo
20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de septiembre
de 1994, el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública,
resolución N° R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta N° 23
del 03 de febrero de 2009, y la resolución N° R-DC-27 de las 11:00 horas del 9 de febrero de 2010,
publicado en La Gaceta N° 33 del 17 de febrero de 2010. Lo anterior bajo los siguientes
comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el refrendo conferido.
I.- Consideraciones de la gestión:
Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los
aspectos siguientes:
i. En el folio 119 del expediente administrativo se indica mediante certificación emitida por la
Caja Costarricense de Seguro Social que la empresa adjudicada se encuentran al día con las
cuotas obreras y patronales. Dicha situación deberá mantenerse por todo ...
Fecha publicación: 01/12/2010
Fecha emisión: 26/11/2010
Institución: BANCO NACIONAL DE COSTA RICA
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS
DIVISIÓN DE CONTRATACIÓN ADMINISTRATIVA
Al contestar refiérase
al oficio No. 11630
26 de noviembre, 2010
DCA-0692
Señora
Ilse Mary Díaz Díaz
Directora Jurídica
Ministerio de Justicia y Paz
Estimada señora:
Asunto: Se otorga refrendo al contrato suscrito por el Ministerio de Justicia y Paz con la
empresa Central de Servicios PC Sociedad Anónima para el “alquiler de
microcomputadoras”, derivados de la Licitación Pública 2010LN-000027-78300 por un
monto $ 389.426,40 anuales (trescientos ochenta y nueve mil cuatrocientos veintiséis dólares
con cuarenta)
Nos referimos a su oficio DJ. 2010-3035, recibido en este despacho el 25 de octubre de 2010,
mediante el cual solicita el refrendo al contrato señalado en el asunto.
Una vez realizado el estudio de rigor, esta División otorga el refrendo respectivo al contrato
anteriormente citado, ello con fundamento en el artículo 184 de la Constitución Política, el artículo
20 de la Ley Orgánica de la Contraloría General de la República, Ley N° 7428 del 7 de septiembre
de 1994, el Reglamento sobre el refrendo de las contrataciones de la Administración Pública,
resolución N° R-CO-10 de las 9:00 horas del 27 de enero de 2009, publicado en La Gaceta N° 23
del 03 de febrero de 2009, y la resolución N° R-DC-27 de las 11:00 horas del 9 de febrero de 2010,
publicado en La Gaceta N° 33 del 17 de febrero de 2010. Lo anterior bajo los siguientes
comentarios y condiciones, a las cuales queda sujeto el refrendo conferido.
I.- Consideraciones de la gestión:
Esta División consideró de importancia para emitir el presente refrendo de legalidad, los
aspectos siguientes:
i. En el folio 912 del expediente administrativo se indica mediante certificación emitida por la
Caja Costarricense de Seguro Social que la empresa adjudicada se encuentran al día con las
cuotas obreras y patronales. Dicha situación deberá mantenerse por todo el plazo de
ejecución contractual.
ii. La garantía ...
Fecha publicación: 01/12/2010
Fecha emisión: 26/11/2010
Institución: MINISTERIO DE JUSTICIA Y PAZ
Emite: DIVISION DE CONTRATACION ADMINISTRATIVA
Tipo documental: CONTRATOS Y/O ADDENDA
Proceso: REFRENDO DE CONTRATOS